
La modificación, impulsada por la diputada Jacquelinn Jáuregui Mendoza, contempla la adición del artículo 204 TER al Código Penal del Estado, con el propósito de fortalecer la protección de los derechos de quienes se encuentren en condiciones de vulnerabilidad y garantizar una actuación oportuna de las autoridades.
Destacó que con esta reforma, el delito de abandono cometido contra integrantes de estos grupos deberá ser perseguido de oficio, por lo que el Ministerio Público tendrá la obligación de actuar con la debida diligencia para salvaguardar sus derechos y brindar protección ante posibles situaciones de riesgo.
La legisladora expuso que la modificación atiende una problemática real, relacionada con la imposibilidad material que pueden enfrentar determinadas víctimas para denunciar por sí mismas, por lo que resulta necesario fortalecer la intervención del Estado y evitar que este tipo de conductas permanezcan impunes.
Señaló que, el abandono de personas en situación de vulnerabilidad constituye una grave afectación a los derechos humanos y una expresión de violencia estructural que requiere una respuesta institucional efectiva, particularmente cuando se trata de niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.
Indicó que, “Particularmente cuando se trata de niñas, niños, personas adultas mayores y personas con discapacidad donde se requiere una protección reforzada, tanto por su condición de edad, física o mental, como por los múltiples factores sociales que los colocan en situación de desventaja o riesgo”, expresó.
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